DECRETO No. 1003 DEL 07 DE JUL DE 2026
Deléguese en el Secretario de Despacho, Código 020, Grado 04, asignado a la Secretaría Privada, la competencia del Gobernador del Departamento de Bolívar para suscribir y expedir los actos administrativos mediante los cuales se ordene la liquidación, devolución, reintegro o transferencia de los rendimientos financieros generados con ocasión de la ejecución de cualquier contrato, convenio o instrumento jurídico suscrito por el Departamento de Bolívar, cuando las disposiciones legales aplicables o las cláusulas contractuales correspondientes establezcan dicha obligación.
La presente delegación comprenderá la M expedición de todos los actos administrativos que resulten necesarios para el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los rendimientos financieros, cualquiera sea la naturaleza jurídica de la contraparte contractual o cooperante.»